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21 Noviembre 2007

MICROSOFT CONDENADO POR VIOLAR LAS LEYES ANTIMONOPOLIO

El gigante de la era de Internet parece que por una vez no ha conseguido salirse con la suya

Tras diecisiete años de batallas legales con EEUU y la UE, la sentencia se hace firme en septiembre de 2007, Microsoft es culpable de quebrantar las leyes antimonopolio.

Toda esta historia se remonta a 1990 cuando Agencias de EEUU abren una investigación sobre Microsoft por supuestas prácticas anticompetitivas. En verano del 94 se suman la Comisión Europea, principal regulador antimonopolio de la UE, y el Departamento de Justicia de Estados Unidos. Durante años se van sucediendo los litigios, una condena de división de la empresa, sentencias de abuso de poder para bloquear la competencia, revocación de la división, multas millonarias por distribuir su sistema operativo con el programa Windows Media Player incluido sin facilitar la información pertinente a los competidores para que los programas sean compatibles entre sí, etc.

En 2004 la Comisión Europea declara culpable a la empresa de Bill Gates por quebrantar las leyes antimonopolio de la UE al no compartir la información de interoperatividad con Windows al resto de empresas del sector. Se ha regulado su estrategia de distribución del sistema operativo Windows empaquetado con aplicaciones software propias. Se ha obligado a dar la opción a los consumidores de elegir entre el paquete con el reproductor Media Player integrado o bien sin éste último. Se ha impuesto a la compañía una multa de 497 millones de euros y  otra por cuantía de dos millones de euros diarios desde la fecha límite fijada para que Microsoft cediese la información de interoperatividad a sus competidores.

La condena impuesta por la Comisión Europea ha sido poco efectiva, los usuarios han elegido la solución del fabricante dominante, Microsoft es también el número uno en el segmento de reproductores multimedia.

Pero se ha conseguido dar un duro golpe moral a una de las empresas más poderosas del mundo que esperaba un cambio en las medidas impuestas al presentar una apelación ante el Tribunal de Primera Instancia de la UE. En cambio, éste confirmó la condena impuesta por la Comisión.

 






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